Por: Nicolás Pérez
Todo el País quedó asombrado cuando las Comisiones Económicas del Congreso negaron el monto que el Gobierno Nacional propuso para el Presupuesto General de la Nación del 2025. Algo nunca antes visto que evidenció una notoria fractura entre el Capitolio y el Ministerio de Hacienda y dejó a más de uno con la incertidumbre de cuál es el paso a seguir, para lo cual es necesario hacer varias aclaraciones.
El Estatuto Orgánico del Presupuesto, que regula el proceso de discusión de esta importante Ley, divide el trámite del proyecto en tres grandes momentos: la aprobación del monto antes del 15 de septiembre, el primer debate en Comisiones Económicas Conjuntas antes del 25 de septiembre y el segundo debate en las Plenarias de Senado y Cámara antes del 20 de octubre.
Estos tiempos son improrrogables y marcan la pauta de la agenda que debe seguir el Congreso y el Gobierno. Si el proyecto se aprueba por fuera de esas fechas, o si falta alguno de los tres requisitos, se entiende que el Congreso no aprobó el Presupuesto.
Cuando eso sucede, la Constitución prevé que el Gobierno Nacional expida por Decreto el Prespuesto que presentó al Congreso. La lógica de esta disposición es evitar que una discrepancia entre el legislativo y el ejecutivo paralice el funcionamiento del Estado, tal como sucede en Estados Unidos, donde la falta de acuerdo entre demócratas y republicanos genera que por varios días, o incluso semanas, todo el sector público deje de funcionar, con excepción de los cargos más relevantes.
En este contexto, lo primero que hay que dejar claro es que las Comisiones Económicas negaron el monto y, por ende, no aprobaron el presupuesto que presentó el Gobierno. De hecho, no tiene sustento alguno la tesis del Ministro de Hacienda, quien adujo que el proyecto seguía vivo porque solo una de las cuatro Comisiones rechazó el monto propuesto.
Lo anterior, teniendo en cuenta que de acuerdo a la Ley 5, el Reglamento del Congreso, para que el Presupuesto sea aprobado debe ser votado favorablemente por la mayoría de las cuatro comisiones y con que solo una lo niegue, se entiende automáticamente que la iniciativa se hundió. Y eso fue precisamente lo que sucedió. La Comisión Cuarta del Senado rechazó el monto del Gobierno y, por ende, no se requería que las otras tres Comisiones lo votaran.
Dicho esto, el Presupuesto no se puede seguir discutiendo en el Congreso. Sin monto, no hay cómo distribuir los recursos en primer debate y mucho menos pasar a la discusión en Plenarias. El monto es el punto de partida del proyecto y su rechazo equivale automáticamente a negar la iniciativa.
Por eso, el Gobierno debe sacar por decreto el presupuesto que presentó, el cual, recordemos, está desfinanciado, como mínimo, en $12 billones, lo cual volverá a dejar la responsabilidad en manos del Congreso. Si el legislativo aprueba la Ley de Financiamiento, el Presupuesto que expida el Gobierno por decreto estará completo y podrá ejecutarse el próximo año.
Sin embargo, si el Congreso rechaza dicha Ley el Gobierno estará obligado a congelar, como mínimo, los $12 billones que faltan, tal como ocurrió este año, donde Hacienda debió suspender $20 billones por errores en los cálculos de ingresos.
Paradójicamente, este escenario, que es bastante probable que suceda, era lo que proponían los Senadores de las Comisiones Económicas que rechazaron el monto del Gobierno. No tenía sentido aprobar un Presupuesto desfinanciado para después tener que congelar varios billones si la Ley de Financiamiento no prosperaba.
En últimas, la inflexibilidad del Gobierno y su negativa a ceder y llegar a acuerdos le va a pasar una factura muy grande. Nunca antes se había negado el Presupuesto y, a pesar que lo puede expedir por decreto, es inminente que deberá recortarlo. Si el monto se hundió, difícilmente la Ley de Financiamiento tendrá futuro en el Capitolio.